miércoles, 10 de septiembre de 2008

ESTADO DEL PROCESO EXP. Nº 2008-00298-44-1301-JR-PE-1

RESOLUCION Nº : CUARTO
BARRANCA, 4 DE SETIEMBRE
del dos mil ocho
dado cuenta el escrito de la imputada Maria Elena Mendoza Ardiles deduciendo excepciones y otros; en consecuencia, teniendose en cuenta que la citada inputada ha sido notificada con la resolucion número uno y el respectivo requerimiento fiscal con fecha 19 de agosto del 2008, tal y como se aprecia a fojas 26 vuelta, y estando a que el escrito materia de proveído lo esta presentando con fecha 03 de septiembre, esto es fuera del termino establecido en el Articulo 350 del codigo procesal penal: NO HA LUGAR el medio de defensa deducido. AL PRIMER Y TERCER OTROSI: estése a lo antes expuesto. AL SEGUNDO OTROSI: carece de objeto emitir pronunciamiento en atencion a lo indicado en el cargo de ingreso de escrito de fecha 03 de setiembre emitido por la CDG. AL CUARTO Y QUINTO OTROSI: tengase por subrogado al anterior abogado que asumia su defensa y desígnese en su lugar el letrado Alberto Bayona Inoñan, señalandose como su domicilio procesal en el Jiron Castilla Nº 341 - Barranca.- Notificandose

ESTUDIO JURIDICO Y CONTABLE "MILLA SAMILLAN"


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Abg. Miguel Ángel, Milla Samillán C.A.H. 271
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